CODIGO DE TRABAJO


 


   El código de trabajo
               
 Es la ley laboral donde están recopilados todos los derechos y obligaciones de los trabajadores y patronos, así como las sanciones a imponerse ante el incumplimiento de las mismos por cualquiera de estas  partes.
El trabajador es aquel  que presta un servicio a cambio de una remuneración económica, mientras que el patrono es la persona que se vale de los servicios de uno o más empleados y por los cuales debe pagarles un salario  establecido por la ley.


Sin importar en que sector económico trabajas, es imprescindible que como empleado tengas conocimiento de esta normativa, pues es la que te indicará cómo actuar si te ves inmerso en un conflicto interno con tu empresa o patrono.

Esta ley laboral contiene  en sus más de cien  páginas valiosa información para el empleado y el patrono que realizan sus funciones en tierra salvadoreña; a través de esta legislación conocerán aspectos como obligaciones y prohibiciones de cada uno, en qué circunstancias es legal una huelga o paro laboral y cuando el empleado tiene derecho a una indemnización. También revela temas relacionados con los salarios, jornadas de trabajo, aguinaldos, días de asueto, vacaciones y descansos semanales.

Asimismo, contiene disposiciones generales sobre los trabajos de los aprendices, de los empleos a domicilio, domésticos, agropecuarios, para el sector agrícola e información relevante sobre el trabajo de las mujeres y los menores de edad.

La sindicalización   es un tema delicado en las empresas, por eso es vital que todos los trabajadores tengan claro  en qué circunstancias es válido este tipo de agrupaciones; en el código encontrarán normas sobre el derecho de asociación profesional, constitución de los sindicatos, las atribuciones y prohibiciones de éstos, cuando es legal su liquidación, los estatutos y las juntas directivas que deben conformarlos.

Otro aspecto importante en la relación empleado y patrono es tener claro el contrato colectivo de trabajo, a través de esta legislación ambas partes conocerán las diferentes modalidades de contrato, cuándo debe darse la suspensión de éstos,  el reglamento laboral y las distintas obligaciones y prohibiciones que cada uno posee respecto a él.

Además, permite saber cuál es el clima propicio en que debes ejecutar tus funciones y las distintas prestaciones  a las que como trabajador tienes derecho, las que incluyen prestaciones por enfermedad, por maternidad, por accidentes de trabajo o por muerte del trabajador.

Si se presenta alguna situación que atente contra el cumplimiento de este código, ya sea por parte del patrono o del empleado, esta misma normativa te informa sobre los procesos legales a seguir en cada una de ellas, así como las instancias a las que puedes avocarte o las que están en la obligación de seguir el proceso de resolución de tal conflicto.

El principal objetivo del Código de Trabajo es velar por que las relaciones entre los patronos y trabajadores sean armónicas, estableciendo los distintos derechos y obligaciones para poder garantizarles a los empleados una mejor calidad de vida.  Conocer esta legislación te permitirá:

•Tener claro tus derechos y prohibiciones.
•Establecer una relación más cordial con tus patronos.
•Conocer cuando éstos se encuentran exentos de responsabilidad ante un conflicto.
•La obligación que tiene el Ministerio de Trabajo en la resolución del mismo.
•Saber que estás amparado por la ley.
•Conocer cuando tu despido es injustificado.
•Tener claro qué debe contener un contrato individual de trabajo.
•Saber si estás trabajando en las condiciones adecuadas.

El conocimiento es poder, y si tú como empleado comprendes bien este reglamento laboral actuarás con más precisión y conforme a establecimientos legales a la hora de que surja algún problema con tu patrono, además evitarás que se cometan violaciones  contra tus derechos, ya que te proporciona toda la información para que puedas defenderte con argumentos amparados por la ley.

Todo el conocimiento que te aporta te ayudará a desempeñar tus funciones en un clima laboral más propicio, y el cumplimiento de cada uno de sus artículos, tanto de tu parte como la de tu patrono, garantizarán relaciones más armónicas que se traducirán al éxito y crecimiento de la empresa.








Los derechos de los trabajadores en El Salvador son prestaciones, garantías o condiciones que se establecen tanto en leyes internacionales como nacionales para que los trabajadores puedan desempeñar sus labores de manera adecuada, en este caso en el país la ley encargada de esto es el Código de Trabajo de El Salvador, un documento que busca armonizar las relaciones existentes entre los patronos y sus trabajadores. Si eres empleado o empleada de una empresa, negocio o comercio posiblemente alguna vez te hayas preguntado sobre cuáles son los derechos de los trabajadores en El Salvador, lo cual es totalmente acertado ya que como trabajadores es importante conocerlos para que de esta manera reclamarlos cuando sea necesario. Derechos de los trabajadores en El Salvador En el siguiente listado encontrarás 10 derechos de los trabajadores en El Salvador, también conocidos como derechos laborales.







1. Aguinaldo.
Es una cantidad de dinero que reciben los trabajadores por cada año de trabajo que tengan en una empresa o negocio; en caso de no tener al menos un año de estar laborando recibirán una parte proporcional. Éste deberá ser pagado a finales del año, específicamente entre el 12 y el 20 de diciembre. El aguinaldo en El Salvador es calculado de la siguiente manera: 1 a 3 años de trabajo, 15 días aguinaldo; 3 a 10 años de trabajo, 19 días aguinaldo y 10 años en adelante, 21 días aguinaldo. (Artículos 196-202, Código de Trabajo)

2. Maternidad.
Las mujeres embarazadas gozan de un derecho llamado licencia por maternidad, el cual establece que se darán doce semanas de licencia, seis de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto; y además, a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha licencia. (Artículos 309-311, Código de Trabajo)

3. Vacaciones.
Después de un año de trabajo continuo en la misma empresa o establecimiento o bajo la dependencia de un mismo patrono, los trabajadores tienen derecho a un período de vacaciones cuya duración será de quince días, los cuales serán establecidos en una fecha de conveniencia para las dos partes. Las vacaciones son remuneradas con una prestación equivalente al salario ordinario correspondiente al lapso de descanso anual más un 30% del mismo. (Artículos 177-189, Código de Trabajo)

4. Jornada laboral.
Se establece que la jornada diaria laboral será de 8 horas diarias como máximo y la jornada de trabajo semanal no podrá exceder las 44 horas para trabajos diurnos y las 39 horas para trabajos que son desempeñados de manera nocturna. En caso de realizar trabajo adicional podría ser considerado como horas extras. (Artículos 161-176, Código de Trabajo) Anuncios

5. Seguridad laboral.
También es un derecho que los patronos velen por la seguridad de sus empleados en los lugares de trabajo y que estos lugares permanezcan con total higiene; todo esto con el fin de evitar accidentes o enfermedades que puedan ser causadas directa o indirectamente por la actividad laboral que el empleado realiza. (Artículos 314-315, Código de Trabajo)

6. Licencia por enfermedad.
Los trabajadores tiene derecho a recibir licencia por enfermedad en caso que ésta no les permita desempeñar adecuadamente su trabajo. Sin embargo los empleados deberán presentar a sus patronos el respectivo comprobante firmado y sellado por un médico para hacer constar que pueden gozar de incapacidad. El patrono estará obligado a pagarle una cantidad equivalente al setenta y cinco por ciento de su salario básico en caso que el accidente o enfermedad haya sido producida por su actividad laboral y que se demuestre que no ha tenido culpa grave el empleado. (Artículos 307-308, Código de Trabajo)

7. Igualdad de remuneración
Los trabajadores que en una misma empresa o establecimiento y que en idénticas circunstancias desarrollen una labor igual, devengarán igual remuneración cualquiera que sea su sexo, edad, raza, color, nacionalidad, opinión política o creencia religiosa. (Artículo 123, Código de Trabajo)

8. Descanso
 A parte de las vacaciones anuales los trabajadores tiene derecho a un día de descanso a la semana (24 horas), que por lo general es el día domingo, aunque según la actividad de la empresa puede cambiarse a un día diferente de la semana. También tienen derecho al descanso de su hora de almuerzo o de comida. Además se contempla el descanso de los días de asueto considerados como tales por la ley. (Artículos 171-173, 177-189, 190 Código de Trabajo)


9. Salario
Todo trabajador tiene derecho a recibir un salario por la prestación de sus servicios y en este caso el patrono está obligado a pagarlo de manera recurrente y en la moneda legal en curso. Así mismo también se establece que debe existir un salario mínimo en El Salvador, el cual es considerado como la cantidad mínima suficiente para cubrir las necesidades materiales, morales y culturales del trabajador y de su familia. (Artículos 119-160, Código de Trabajo)

10.Trato justo
Existen también otros derechos de los trabajadores en El Salvador que realmente resultaría muy extenso hablar sobre ellos, pero de manera resumida podemos decir que la mayoría de ellos se refieren a que el trabajador reciba un trato justo; algunos de ello son:

Estabilidad laboral
Libertad de expresión en el trabajo
Prohibición del trabajo forzoso
Eliminar la discriminación de acceso al empleo
No permitir el trabajo infantil
Derecho a ser respetado sin importar su sexo, raza, color, religión, orientación sexual, opiniones políticas, embarazo, ser portador del VIH, origen social, posición económica u otra condición social
Libertad de afiliarse y organizarse en un sindicato
Derecho al respeto y dignidad a la intimidad
Protección contra el acoso sexual, malos tratos físicos, verbales y de otro tipo.


Deberes laborales





Decreto Ley 1295 de 1994 Art. 22.

 Los trabajadores tienen como deberes básicos:
Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
Contribuir a la mejora de la productividad.
Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.
Procurar el cuidado integral de su salud.
Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas
por los empleadores en este decreto.
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por las Administradoras de Riesgos Laborales. (Modificado ley 1562 de 2012 Art. 27).
Participar en la prevención de los riesgos Laborales a través de los comités paritarios de salud ocupacional, o como vigías ocupacionales
Los pensionados por invalidez por riesgos Laborales, deberán
mantener actualizada la información sobre su domicilio, teléfono y demás datos que sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento.
Los pensionados por invalidez por riesgos Laborales, deberán informar a la entidad administradora de riesgos Laborales correspondiente, en el momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.


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